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SEGURO PARA TU AUTO

  • SOAT

    SOAT es el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, que cubre los gastos médicos de atención de ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo, por lesiones corporales, muerte o invalidez permanente en caso de un accidente de tránsito. Su adquisición es obligatoria para todos los vehículos de acuerdo al nuevo Reglamento de Tránsito y el no tenerlo constituye una infracción.

    La vigencia de la póliza es anual y corresponde al período señalado para cada vehículo automotor en el correspondiente certificado de seguro.

    ¿Dónde puedo contratar este seguro?

    Puedes adquirirlo en cualquiera de nuestros Centros de Tarjetas y Seguros ubicados en Tiendas Wong, Metro y Paris, de lunes a domingo de 09:00 a.m. a 10:00 p.m. También puedes comprarlo llamando a nuestra línea 711-4644 o ingresando a www.misoat.pe

    ¿Qué debo hacer en caso de un accidente?

    En caso de un accidente, el lesionado, familiar o el responsable del establecimiento de salud deberá comunicarse inmediatamente con la Central de Emergencia SOAT Cardif, en Lima al 615-5703 y en provincia al 0800-00299.

    Descargar SOAT Cardif SOAT Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. La información contenida en la presente comunicación es a título parcial, prevalecen los términos y condiciones de la Póliza SOAT contratada con la empresa aseguradora BNP Paribas Cardif S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, empresa distinta a Banco Cencosud. En caso de consultas, reclamos o siniestros, comuníquese a la Central de Atención al Cliente de BNP Paribas Cardif S.A. al 615-5700 desde Lima y Provincias, o escribir al correo electrónico: servicioalcliente@cardif.com.pe. Esta información se proporciona con arreglo a la Resolución N°3199-2013 Reglamento de Transparencia de Información y Contratación de Seguros.

    La póliza de seguro es brindada por BNP Paribas Cardif, empresa distinta a Banco Cencosud, quien es el responsable de la emisión del Certificado SOAT al cliente. Esta modalidad de venta de seguros no configura una asesoría para su contratación. Información brindada conforme Ley N° 28587 y Resolución SBS N° 8181-2012. Infórmese de los términos, condiciones y restricciones en www.bnpparibascardif.com.pe

    Beneficios:

    Comprando tu SOAT Cardif en los Centros de Tarjetas y Seguros en Wong, Metro y Paris, obtén GRATIS 3 meses de Auxilio Vial por Emergencia.

    Coberturas:

    SOAT es el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, que cubre los gastos médicos de atención de ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo, por lesiones corporales, muerte o invalidez permanente en caso de un accidente de tránsito. Su adquisición es obligatoria para todos los vehículos de acuerdo al nuevo Reglamento de Tránsito y el no tenerlo constituye una infracción.

    Las indemnizaciones por cada ocupante o tercero no ocupante del vehículo automotor en ningún caso podrán exceder los siguientes montos:

    • Fallecimiento (límite 4UIT).
    • Invalidez Permanente (límite hasta 4UIT)
    • Incapacidad Temporal (límite hasta 1UIT)
    • Gastos de atención médica, hospitalaria, quirúrgica y farmacéutica (límite hasta 5UIT)
    • Gastos de Sepelio (límite 1UIT)
    Exclusiones:

    Están excluidas de cobertura, la muerte y/o lesiones corporales:

    • Causadas en carreras de automovilismo y otras competencias de vehículos automotores.
    • Ocurridas fuera del territorio nacional.
    • Ocurridas en lugares no abiertos al tránsito público.
    • Ocurridas como consecuencia de guerras, sismos u otros casos fortuitos enteramente extraños a la circulación del vehículo.
    • El suicidio y comisión de lesiones autoinferidas utilizando el vehículo automotor asegurado.
    Trámite de Beneficios:

    Conocida la ocurrencia del accidente de tránsito el propietario del vehículo, conductor, prestador del servicio de transporte terrestre o la Policía Nacional del Perú están obligados a comunicar a la compañía de seguros respectiva, la ocurrencia del accidente de tránsito, la que deberá actuar de inmediato haciéndose cargo de los gastos médicos o gastos de sepelio de la víctima.

    Las víctimas serán conducidas a los centros de salud públicos o privados más cercanos al lugar de la ocurrencia del accidente. Se encuentra prohibido a los efectivos de la Policía Nacional y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cobrar suma alguna por el traslado de las víctimas. Los centros de salud públicos o privados atenderán obligatoriamente a las víctimas de accidente de tránsito, con cargo al SOAT, cuya contratación será acreditada con el Certificado del Seguro y/o Calcomanía adherida al vehículo.

    Es indispensable contar con la Copia de la Denuncia Policial, en la que conste la ocurrencia del accidente de tránsito. Este documento es otorgado por la dependencia de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción en la que ocurrió el accidente de tránsito.

    El pago de la indemnización por lesiones se efectuará directamente a la víctima y, en caso de imposibilidad de ésta, a quien la represente, en base a la documentación sustentatoria que presente.

    El pago de gastos médicos también podrá realizarse vía reembolso, directamente al centro o centros de salud privados que acrediten haber atendido a la víctima. El reembolso se efectuará de acuerdo a los comprobantes de pago que el centro de salud privado debidamente sustentados en la historia clínica y demás documentos que acrediten la efectiva atención del paciente.

    En caso de los centros públicos de salud, el reembolso se efectuará con sujeción al tarifario vigente que, para dicho efecto, apruebe el Sector correspondiente.

    En caso de fallecimiento, es indispensable contar con:
    • Copia de la Denuncia Policial en el que conste la ocurrencia del accidente de tránsito. Este documento es otorgado por la dependencia de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción en la que ocurrió el accidente de tránsito
    • Certificado de defunción de la víctima, Documento Nacional de Identidad del Familiar que invoca la condición de beneficiario del seguro y, que de ser el caso, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento o declaratoria de herederos u otros documentos que acrediten legalmente la calidad de beneficiario del seguro.
    Contáctanos:

    Central de Emergencia SOAT Cardif
    Lima: 615-4644
    Provincias: 0800-00299